El martes 29 de noviembre debían presentarse 48 ciudadanos y sólo lo hicieron 29 en la sentencia contra Cristian Pilotti, quien fue acusado de golpear a su ex novia hasta dejarla inconsciente. La justicia aplicará en ese marco el artículo 239 del Código Penal, que advierte que quienes no cumplan con su obligación como ciudadano será reprimido "con prisión de 15 días a un año"
La justicia de Mar del Plata inició causas penales a varias personas que fueron convocadas a integrar juicios por jurados y que no concurrieron a cumplir con esa carga pública, revelaron hoy fuentes judiciales.
El proceso se activó luego de que hace una semana el juez Néstor Conti expresó sus quejas por las ausencias de los jurados al dictar sentencia contra un hombre acusado de golpear a su ex novia hasta dejarla inconsciente.
Conti advirtió ante la prensa que se iniciarán acciones a las personas que debían concurrir para integrar la selección del jurado y no lo hicieron, pese a haber estado debidamente notificados.
En el juicio por jurados en aquel caso, iniciado el martes 29 de noviembre, debían presentarse 48 ciudadanos y sólo lo hicieron 29, lo que puso en peligro el inicio del debate.
Ante ello, las fuentes dijeron que fueron elevadas a fiscalía las denuncias para que se inicien acciones penales a los ciudadanos que debían concurrir a integrar el jurado y no justificaron su ausencia.
La Fiscalía confirmó hoy que se inició una Investigación Penal Preparatoria ante las denuncias por lo que, en principio, serán citadas a indagatorias todas las personas denunciadas.
La justicia aplicará en ese marco el artículo 239 del Código Penal, que advierte que será reprimido “con prisión de 15 días a un año” quien “resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
En la provincia de Buenos Aires, el jurado debe ser constituido por 12 personas, y otras seis personas son designadas como suplentes, en ambos casos con paridad de género.
Los jurados son seleccionadas por sorteo, de acuerdo a los tres últimos números del documento de identidad.
Para constituir un jurado, se presentan los 48 ciudadanos a las partes, es decir al Defensor, Fiscal y si lo hubiere, al letrado del particular damnificado, para que puedan recusarlos si consideran que hay conflictos de interés u otras razones.
Una vez que se excluyen a los participantes objetados, se vuelven a sortear los nombres para llegar a la composición final de 12 titulares y 6 suplentes.
El problema es que la misma ley de juicios por Jurados exige la presencia de 48 personas para la selección y si no se llegara a ese número y las partes consideraran que deben recusar a varios integrantes, con lo que no se llegaría a 18 personas seleccionadas, se pondría en riesgo la realización del juicio.